LEGALIZACIÓN DE LOTIFICACIONES, PARCELACIONES Y URBANIZACIONES
I. OBJETIVO.
Autorizar el desarrollo de lotificaciones, parcelaciones y urbanizaciones en el Municipio.
II. ALCANCE.
Inicia con el trámite de solicitud de legalización en Vice-Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano u Oficinas de Planificación y Ordenamiento Territorial y la presentación a la municipalidad de la solicitud de los interesados en el desarrollo de lotificaciones, parcelaciones y urbanizaciones; y termina con el pago del permiso respectivo.
III. DEFINICIONES.
- LEGALIZACION.
Es la Autorización que otorga el Concejo Municipal para que la actividad solicitada se realice en el municipio.
IV. FORMULARIOS UTILIZADOS.
- Acta de Inspección para Lotificaciones, Parcelaciones, Urbanizaciones y Construcciones(12A)
- Solicitud de Legalización de Lotificaciones, Parcelaciones, Urbanizaciones y Construcciones (F-12B)
- Certificación de Acuerdo del Concejo (F- 11D)
Descargar Formulario (F-12B)
Descargar Formulario (F-11D)
V. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
- Interesado presenta a la municipalidad Solicitud de calificación de lugar y línea de construcción proporcionada por el VMVDU para gestionar firma del Alcalde y anexa Solvencia Municipal del inmueble.
- Responsable de Registro de Inmuebles verifica que la documentación este correcta y programa inspección.
- Inspector de Catastro, previa cancelación de tasa de inspección si la ordenanza lo contempla, realiza inspección del inmueble y levanta Acta (F-12A)
- Responsable de Registro de Inmuebles, revisa Acta, si todo está correcto, gestiona firma del Alcalde en Solicitud de calificación de lugar y línea de construcción y entrega a interesado.
- Interesado recibe la Solicitud firmada por el Alcalde y continúa el trámite en el VMDVDU donde le autorizan la Solicitud de Calificación del Lugar y Línea de Construcción y se presenta a la Municipalidad a solicitar permiso de Lotificación, parcelación o urbanización.
- Responsable de Registro de Inmuebles recibe Solicitud de Permiso de Parcelación, Lotificación o Urbanización (F-12B) con los planos revisados por el VMDVDU y pasa a autorización de Concejo Municipal.
- Concejo emite Acuerdo de Autorización de la Parcelación (F-11D), parcelación o urbanización y envía certificación del Acuerdo al Responsable de Registro de Inmuebles.
- Responsable de Registro de Inmuebles recibe Certificación de Acuerdo (F-11D), determina tasa a pagar con base a Ordenanza de Tasas e informa al interesado del pago a realizar y del requisito de registrar la empresa en la municipalidad.
- Interesado paga en Colecturía, gestiona planos en VMVDU y se presenta a Municipalidad a registrar la empresa o negocio.
- Interesado registra y califica la empresa o negocio (Procedimiento 1)
- Responsable de Registro de Inmuebles verifica comprobante de pago de permiso y registro de empresa o negocio y entrega Certificación de Acuerdo (F-11D)
VI. BASE LEGAL
Estas actividades están sujetas a regulaciones de la Ley de Urbanismo y Construcción y sus reformas, el Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción en lo relativo a las parcelaciones y urbanizaciones habitacionales y de ordenanzas de cada Municipio que se deben enmarcar en la normativa nacional anteriormente citada.
Código Municipal (Reforma 2006): Artículo 4, numeral 26
Ley General Tributaria Municipal: Artículo 142 y 143