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LEGALIZACIÓN DE LOTIFICACIONES, PARCELACIONES Y URBANIZACIONES

I. OBJETIVO.
Autorizar el desarrollo de lotificaciones, parcelaciones y urbanizaciones en el Municipio.

II. ALCANCE.
Inicia con el trámite de solicitud de legalización en Vice-Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano u Oficinas de Planificación y Ordenamiento Territorial y la presentación a la municipalidad de la solicitud de los interesados en el desarrollo de lotificaciones, parcelaciones y urbanizaciones; y termina con el pago del permiso respectivo.

III. DEFINICIONES.

  1. LEGALIZACION.
    Es la Autorización que otorga el Concejo Municipal para que la actividad solicitada se realice en el municipio.

IV. FORMULARIOS UTILIZADOS.

  1. Acta de Inspección para Lotificaciones, Parcelaciones, Urbanizaciones y Construcciones(12A)
  2. Solicitud de Legalización de Lotificaciones, Parcelaciones, Urbanizaciones y Construcciones (F-12B)
  3. Certificación de Acuerdo del Concejo (F- 11D)
Descargar Formulario (F-12A)
Descargar Formulario (F-12B)
Descargar Formulario (F-11D)

V. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.

  1. Interesado presenta a la municipalidad Solicitud de calificación de lugar y línea de construcción proporcionada por el VMVDU para gestionar firma del Alcalde y anexa Solvencia Municipal del inmueble.
  2. Responsable de Registro de Inmuebles verifica que la documentación este correcta y programa inspección.
  3. Inspector de Catastro, previa cancelación de tasa de inspección si la ordenanza lo contempla, realiza inspección del inmueble y levanta Acta (F-12A)
  4. Responsable de Registro de Inmuebles, revisa Acta, si todo está correcto, gestiona firma del Alcalde en Solicitud de calificación de lugar y línea de construcción y entrega a interesado.
  5. Interesado recibe la Solicitud firmada por el Alcalde y continúa el trámite en el VMDVDU donde le autorizan la Solicitud de Calificación del Lugar y Línea de Construcción y se presenta a la Municipalidad a solicitar permiso de Lotificación, parcelación o urbanización.
  6. Responsable de Registro de Inmuebles recibe Solicitud de Permiso de Parcelación, Lotificación o Urbanización (F-12B) con los planos revisados por el VMDVDU y pasa a autorización de Concejo Municipal.
  7. Concejo emite Acuerdo de Autorización de la Parcelación (F-11D), parcelación o urbanización y envía certificación del Acuerdo al Responsable de Registro de Inmuebles.
  8. Responsable de Registro de Inmuebles recibe Certificación de Acuerdo (F-11D), determina tasa a pagar con base a Ordenanza de Tasas e informa al interesado del pago a realizar y del requisito de registrar la empresa en la municipalidad.
  9. Interesado paga en Colecturía, gestiona planos en VMVDU y se presenta a Municipalidad a registrar la empresa o negocio.
  10. Interesado registra y califica la empresa o negocio (Procedimiento 1)
  11. Responsable de Registro de Inmuebles verifica comprobante de pago de permiso y registro de empresa o negocio y entrega Certificación de Acuerdo (F-11D)

VI. BASE LEGAL
Estas actividades están sujetas a regulaciones de la Ley de Urbanismo y Construcción y sus reformas, el Reglamento a la Ley de Urbanismo y Construcción en lo relativo a las parcelaciones y urbanizaciones habitacionales y de ordenanzas de cada Municipio que se deben enmarcar en la normativa nacional anteriormente citada.
Código Municipal (Reforma 2006): Artículo 4, numeral 26
Ley General Tributaria Municipal: Artículo 142 y 143

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