FISCALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL CONTRIBUYENTE
I. OBJETIVO.
Mantener presencia fiscalizadora en las empresas o negocios con el propósito de verificar y auditar las cuentas y la documentación utilizada en la preparación de las declaraciones anuales de impuestos.
II. ALCANCE.
Inicia con la elaboración del programa de fiscalización y la revisión de documentos de las empresas y negocios que se tienen en la municipalidad y finaliza con la notificación de Resolución de la Auditoria realizada.
III. DEFINICIONES
- FISCALIZACIÓN. Actividad preliminar en la cual la Administración Tributaria recoge toda la información interna que tiene el expediente de la empresa o negocio y la somete a análisis conforme a la técnica de fiscalización que dispone.
- ESTADO FINANCIERO.
Muestra a una fecha determinada la naturaleza y cuantificación de los bienes y derechos y las obligaciones a favor de terceros. - INVENTARIO.
Representan las mercaderías disponibles de materias primas, materiales en proceso o bienes finales no vendidos de una empresa o negocio.
IV. FORMATOS UTILIZADOS.
- Declaración Anual Jurada (F-02B).
- Auto de Designación para realizar Auditoria (F-15A).
- Requerimientos de información a empresas o negocio (F-15B).
- Informe de Auditoria (F-15C).
- Comunicación de Resultados de Auditoria (F-15D).
- Auto de Apertura a Pruebas (F-15E).
- Resolución de Auditoria (F-15F)
Descargar Formulario (F-15A)
Descargar Formulario (F-15B)
Descargar Formulario (F-15C)
Descargar Formulario (F-15D)
Descargar Formulario (F-15E)
Descargar Formulario (F-15F)
V. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
- Encargado de Fiscalización, con base a los lineamientos establecidos en el Plan Operativo Anual de la UATM, elabora el Programa (mensual) de Fiscalización, en el cual se identifican los contribuyentes a fiscalizar, segmentándolos por montos de activo y dando prioridad a los segmentos con montos mayores y lo presenta al Jefe de la Unidad para autorización.
- Encargado de Fiscalización prepara Auto de Designación (F-15A) y Requerimiento de Información (F-15B), gestiona firma de Jefe UATM y notifica al Contribuyente.
- Contribuyente o Responsable recibe notificación de Auto de Designación y Requerimiento de información y prepara documentación solicitada.
- Encargado de Fiscalización, compara la información proporcionada por el Contribuyente (o con la disponible cuando no la proporcione o lo haga parcialmente) con la presentada en DAJ, determina impuesto complementario y contravenciones, si lo amerita; asimismo, elabora Informe de Auditoria (F-15C) y Comunicación de Resultados de Auditoria (F-15D) y tramita autorización con el Jefe UATM. En caso de que el contribuyente no permita el control o no de información requerida, se le determinan las multas correspondientes (Art. 66 y 67 LGTM)
- Jefe de la UATM revisa Informe de Auditoria y autoriza Comunicación de Resultados de Auditoria y ordena se notifique al contribuyente.
- Contribuyente o Responsable recibe Comunicación de Resultados de Auditoria y tiene 15 días para presentar de pruebas de descargo. Si el contribuyente acepta los cargos, pasa a paso 10
- Si Contribuyente o Responsable no acepta cargos, ofrece presentar pruebas de descargo.
- Si Jefe de la UATM acepta los fundamentos del contribuyente, abre a prueba por el término de 15 días y elabora y notifica Auto de Apertura a Pruebas (F-15E)
- Contribuyente recibe notificación de Auto de Apertura a Pruebas y prepara y presenta pruebas de descargo; si no las presenta caduca su derecho a presentarlas posteriormente (Art. 106, 4º)
- Aceptados los Resultados de Auditoria por el Contribuyente o vencido el plazo de presentación de pruebas, según el caso, Encargado de Fiscalización elabora Resolución de Auditoria (F-15F) y gestiona firma del Jefe de la UATM
- Jefe de UATM revisa y autoriza la Resolución de Auditoria (F-15F) y ordena se notifique al contribuyente. La Resolución debe llenar los requisitos del Ordinal 7º del Artículo 106 LGTM
- Contribuyente recibe notificación de Resolución de Auditoria.
- Si Contribuyente o Responsable no acepta Resolución de Auditoria, queda en la libertad de presentar recurso de apelación en el término de 3 días después de notificado (Procedimiento 16)
- Si Contribuyente acepta Resolución de Auditoria o no interpone recurso de apelación, Encargado de Fiscalización actualiza los registros, archiva documentos y envía copia de Resolución de Auditoria a Responsable de Registro de Empresas para los efectos pertinentes.
VI. BASE LEGAL.
Artículos 66, 67, 70, 72, 82, 90, 106 y 123 de la Ley General Tributaria Municipal y sus reformas.