Declaración Anual Jurada de Empresas o Negocios
I. OBJETIVO
Establecer mediante Declaración Anual Jurada presentada por el contribuyente, el activo imponible al cual se le aplicará la tarifa vigente, según la Tarifa General de Arbitrios Municipales, para determinar el impuesto mensual a pagar durante el período de vigencia de esa Declaración.
II. ALCANCE
Inicia con el envío del formulario de la Declaración Anual Jurada al contribuyente y finaliza con la notificación del impuesto a pagar por la empresa o negocio, actualizando en el registro el impuesto mensual a pagar.
III. DEFINICIONES
1. DECLARACION JURADA. Manifestación hecha bajo juramento, generalmente por escrito, acerca de diversos puntos que han de surtir efecto ante las autoridades administrativas o judiciales.
2. BALANCE GENERAL. Resumen de las anotaciones contables de una empresa y sirve para sintetizar la situación del negocio, con la doble finalidad de determinar en cada momento su situación financiera y cerrar al final de cada ejercicio.
3. BASE IMPONIBLE. Es la cuantificación económica del hecho generador expresada en moneda de curso legal y es la base de cálculo para la determinación del impuesto.
4. ACTIVO IMPONIBLE. Es el activo que resulta después de haberle restado las deducciones municipales y sobre el cual se calcula el impuesto que pagan las empresas que realizan negocios en el territorio del municipio, para lo cual presentan anualmente el respectivo Balance General.
5. DETERMINACION TRIBUTARIA Es el acto o conjunto de actos emanados de la administración, de los particulares o de ambos coordinadamente, destinados a establecer en cada caso particular la configuración del presupuesto de hecho, la medida de los hechos imponibles y el alcance cuantitativo de la obligación tributaria.
6. IMPUESTO. Es el tributo exigido sin contraprestación, cuyo hecho generador esta constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo.
7. RESOLUCION. Acción o efecto de resolver o resolverse. Fallo de autoridad Administrativa, judicial o municipal.
8. NOTIFICACIÓN. Es el acto de dar a conocer a los interesados la resolución recaída en un trámite administrativo o en un asunto judicial.
IV. FORMULARIOS UTILIZADOS.
1. Requerimiento para presentación de Declaración Anual Jurada (F- 02A)
2. Declaración Anual Jurada. (F- 02B)
Descargar Formulario (F-02A)Descargar Formulario (F-02B)
V. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
1. Responsable de Registro de Empresas envía Requerimiento para presentación de Declaración Anual Jurada (F-02A) al contribuyente, adjuntándole el formulario de Declaración Anual Jurada (F-02B), solicitando su presentación durante el período establecido en la Tarifa General de Arbitrios Municipales.
2. Contribuyente, dentro del plazo estipulado por la Municipalidad, prepara Declaración Anual Jurada (F-02B) adjuntando el Balance General de la empresa o negocio, según lo establecido por el Código de Comercio; las empresas o negocios que según el Código de Comercio no requieren de contabilidad formal presentarán lo estipulado en el Artículo 452 del mismo Código. Si Contribuyente no presentan la DAJ en el plazo establecido, la Administración Tributaria pasa a ejecutar el Procedimiento 3
3. Si Contribuyente presenta Declaración Anual Jurada (F- 2B) y Balance General o inventarios en el plazo establecido, Responsable de Registro de Empresas los revisa y si todo está correcto, determina base imponible, aplica tarifa y calcula el impuesto mensual a pagar por la empresa o negocio.
4. Responsable de Registro de Empresas elabora determinación de impuesto mensual a pagar incluida en Declaración Anual Jurada (F- 02B) y notifica al Contribuyente.
5. Contribuyente recibe notificación.
6. Si Contribuyente no está de acuerdo con lo notificado, puede interponer recurso de apelación ante el Concejo (Procedimiento 16), en el plazo de tres días a partir de recibida la notificación.
7. Responsable de Registro de Empresas,si el contribuyente está de acuerdo con el impuesto a pagar o no interpone recurso, actualiza registro (manual o mecanizada), envía copia de Declaración Anual Jurada a Cuentas Corrientes y archiva documentación.
VI. BASE LEGAL
Ley General Tributaria Municipal: Artículos: 90 (inciso 5º), 91 y 102
Incluir los artículos correspondientes a la Tarifa General de Arbitrios Municipales de la Alcaldía.