INSCRIPCIÓN Y CALIFICACIÓN DE INMUEBLES POR SERVICIOS
I. OBJETIVO.
Inscribir y calificar a nuevos usuarios de servicios públicos municipales, con fin de mantener actualizado el registro y control de inmuebles para realizar el cobro de las obligaciones tributarias.
II. ALCANCE.
Inicia con la solicitud del servicio por parte del interesado(s) o la prestación del servicio por ampliación de su cobertura por parte de la municipalidad y finaliza con la incorporación de los datos de los nuevos inmuebles al registro tributario.
III. DEFINICIONES.
1. BIEN INMUEBLE. Son las tierras, edificios y construcciones de toda clase adheridos al suelo.
2. SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES. Son actividades que tienen por objeto satisfacer de manera regular y continua una necesidad pública, por lo cual deben ser organizados o al menos controlados por el municipio.
3. TASA. Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado al usuario.
4. TARIFA. Es el valor unitario o total que se debe pagar por un servicio municipal.
5. NOTIFICACIÓN. Es el acto de dar a conocer a los interesados la resolución recaída en un trámite administrativo o en un asunto judicial.
IV. FORMULARIOS UTILIZADOS.
1. Ficha de Inscripción y Calificación de Inmuebles. (F- 04A)
2. Notificación de tasas por servicios (F-04B)
Descargar Formulario (F-04A1)Descargar Formulario (F-04A2)
Descargar Formulario (F-04B)
V. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
1. Interesado (s) se presentan a la municipalidad a solicitar el o los servicios públicos municipales (recolección de basura, alumbrado público, barrido de calles, tratamiento y disposición de desechos sólidos, pavimentación, agua) o inicia la prestación del o los servicios a su inmueble por ampliación del servicio por iniciativa de la Alcaldía.
2. Responsable de Registro de Inmuebles llena Ficha de Inscripción y Calificaciónde Inmuebles (F-04A) y programa inspección.
3. Inspector de Catastro realiza visita de campo para verificar y/o completar la Ficha de Inscripción y Calificación de Inmuebles (F-04A) con la información del propietario, del inmueble y de la base imponible.
4. Responsable de Registro de Inmuebles procede a la calificación de los nuevos inmuebles con base a Ordenanza de Tasas, determina tasas a pagar, elabora Notificación de Tasas por Servicios municipales (F-04B) y envía al o los interesado (s)
5. Interesado (s) recibe notificaciónde tasas por servicios a pagar (F-04B)
6. Si Interesado no está de acuerdo con tasas a pagar, puede interponer recurso de apelación en el término de tres días (Procedimiento 16)
7. Si interesado está de acuerdo o no presenta recurso de apelación, Responsable de Registro de Inmuebles procede al registro de los nuevos inmuebles, abre expediente de inmueble, envía copia de Ficha de Inscripción y Calificación de inmuebles (F-04) a Cuentas Corrientes para efectos pertinentes y archiva documentación.
VI. BASE LEGAL
Ley General Tributaria Municipal: Artículos 123, 129 y 130
Código Municipal (reforma 2006): Artículo 137